ACTIVIDAD EXTRACURRICULAR

 


Es interesante la conferencia ya que nos habla sobre 3 temas tribunales de suma importancia que la suprema corte a estado abordando desde sus últimos 20 años.
En este tema es intensa que la sentencia tiene un par de apartados donde se le hace referencia a su desglose, la reforma de sus derechos humanos para quienes se han dedicado al derecho una reforma ya es un poco frustrante por que normalmente estamos acostumbrados a las soluciones ya bien dadas o bien establecidas ya que es una forma que no da respuesta si no una buena manera de poder encontrar resultados  se tendría que pensarle y ver como aplicar esto nos permite pensar y a la vez cuestionarnos una especie de suerte de revolucionarnos institucional.
En el tema de los tratados nos dice la contradicción que lo que pasa que las  normas de tratados en parte esta referida de forma genérica pero hay algunos preceptos del texto constitucional que viene en el articulo 15 , 105 donde se hace referencia a las normas de tratados como parámetro de validez de los propios tratados no solamente se pudiera entender si tuvieran un peso distinto.
El peso distinto esta dado en función  de su contenido y por mandato constitucional , cuando se trata de ver las relaciones entre tribunales internacionales y sus altas cortes nacionales en general se pudiera decir que la doctrina que se ocupa estos temas coincide  que debería verse la relación entre los tribunales internacionales y las altas cortes con alguna relación jerárquica pero si con alguna relación a través del dialogo  se puede ir precisando los alcances de los derechos humanos para poder establecer contenidos mínimos, en ejemplo es importante el caso mexicano tener en cuenta el hecho en que sean obligatorias las sentencias o vinculantes de la corte interamericana esto no nos quiere decir que indefectiblemente se tengan que aplicar puede haber muchas decisiones que la suprema corté o los tribunales mexicanos tengan criterios mas protectores que la corte interamericana.
abstrayendo un problema jurídico a partir de dos situaciones  que pueden haber sido muy concretas muy precisas y que en ocasiones no necesariamente se tiene todos los elementos para resolver las particularidades que se te ponen  cuando tengas un asunto, entonces la corte hace referencia a el hecho que van a prevalecer restricciones que se encuentran en el texto constitucional por restricciones de la norma constitucional. 
 

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