TAREA 3
Investigación sobre:
Extinción de vigencia de la ley
DEROGACION Es la obligación, abrogación y anulación de la Ley. Es el fin de la vigencia de una Ley. Expresa cuando se declara el final del período de su vigencia. Derogación significa, suprimir solamente algún o algunos preceptos de la Ley.
Período de tiempo en el que el contenido de una norma escrita es aplicable y de obligatorio cumplimiento. La vigencia se inicia con la publicación. El artículo 9.3 de la Constitución asegura el principio de «publicidad de las normas». La vigencia de las normas concluye con su derogación o anulación.
Ignorancia de la ley
Es un principio de nuestro derecho, recogido en el Código Civil, y que se limita a declarar que la ignorancia jurídica de una persona no puede ser obstáculo para el cumplimiento de las leyes.
dispone que la ignorancia de las leyes no excusa de su cumplimiento Esta afirmación significa que la ignorancia no puede ser obstáculo para el cumplimiento de las leyes. No se impone la obligación de conocer las leyes ni implica una condena de los que ignoran el Derecho.
Retroactividad de la ley.
Según la teoría de los derechos adquiridos, se considera que una ley es retroactiva cuando destruye o restringe derechos adquiridos al amparo de otra ley anterior. En cambio, la ley no obra retroactivamente cuando destruye una facultad legal o las simples esperanzas o expectativas de derechos.
Aplicación retroactiva: Es aquella que se hace a los hechos, relaciones o situaciones antes de la entrada en vigencia de la norma, es decir antes de su aplicación inmediata, poniendo en jaque con ello a la seguridad jurídica.
Comentarios
Publicar un comentario